Normativa básica
La figura del concejal no adscrito se enmarca dentro de la normativa que regula el funcionamiento de las entidades locales y el ejercicio de los cargos públicos.
Las principales referencias normativas son las siguientes:
- Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local
Artículo 73 (especialmente apartado 3):
https://www.boe.es/buscar/act.php?id=BOE-A-1985-5392
- Real Decreto 2568/1986, de 28 de noviembre, por el que se aprueba el Reglamento de Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico de las Entidades Locales (ROF)
https://www.boe.es/buscar/act.php?id=BOE-A-1986-33252
- Ley Orgánica 5/1985, de 19 de junio, del Régimen Electoral General (LOREG)
https://www.boe.es/buscar/act.php?id=BOE-A-1985-11672
Marco constitucional
El ejercicio del cargo de concejal forma parte del derecho fundamental de participación política reconocido en la Constitución.
- Constitución Española
Artículo 23:
https://www.boe.es/buscar/act.php?id=BOE-A-1978-31229
Un marco abierto
La aplicación de esta normativa no es uniforme en todos los municipios, ya que intervienen también los reglamentos orgánicos de cada Ayuntamiento y las circunstancias concretas de cada caso.
Por ello, este apartado se concibe como un punto de referencia que podrá ir ampliándose progresivamente.
Diferencias según el tipo de municipio
Aunque la figura del concejal no adscrito es la misma desde el punto de vista jurídico en todos los ayuntamientos, su aplicación práctica puede variar de forma significativa en función del tipo de municipio.
En los municipios de mayor población, la existencia de una mayor estructura administrativa y de reglamentos orgánicos más desarrollados suele permitir una aplicación más definida de la normativa.
En cambio, en municipios más pequeños, la falta de estructura, la menor regulación interna y el peso de las relaciones personales hacen que la situación de los concejales no adscritos se desarrolle en un contexto distinto, en el que la práctica puede diferir notablemente.
Por ello, resulta necesario tener en cuenta no solo la normativa general, sino también las características concretas de cada municipio.
Aportaciones
Este espacio está abierto a la incorporación de resoluciones, referencias o materiales que puedan resultar de interés.
En particular, los propios concejales no adscritos que hayan tenido que acudir a los tribunales o hayan trabajado sobre esta materia podrán aportar información que contribuya a enriquecer este apartado.